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domingo, 14 de febrero de 2010

Constitucionalista cuestiona decisión de jueza mendocina

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Constitucionalista cuestiona decisión de jueza mendocina

Constitucionalista cuestiona decisión de jueza mendocina

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Más cuestionamientos contra la suspensión de la ley de medios

El abogado constitucionalista Eduardo Barcesat consideró que el fallo de la jueza mendocina Olga Pura de Arrabal presenta una “incompetencia territorial” y otras irregularidades que ameritarían el enjuiciamiento de la magistrada.
Eduardo Barcesat analizó hoy la medida cautelar de la jueza mendocina Olga Pura de Arrabal (foto), que suspendió la aplicación de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, aprobada en octubre del año pasado.
La magistrada aceptó un recurso de amparo presentado el 21 diciembre por el diputado Enrique Luis Thomas, del peronismo disidente, que denunciaba irregularidades en la sanción del proyecto.
“Lo primero que advierto es que hay una incompetencia territorial de la jueza que ha dictado este pronunciamiento. El principio general del procedimiento es que es competente el juez del domicilio del demandado", aseguró Barcesat en diálogo con la agencia Télam.
Al respecto, advirtió que "si el amparo se propone contra el Estado nacional, el juez competente es el juez federal con asiento en la Capital Federal, no el juez de Mendoza ni ningún otro de sede provincial”.
"Esto ya expresa esos favoritismos, acuerdos, que puede haber entre el reclamante y el tribunal que hace lugar a una petición que territorialmente no le compete”, opinó el abogado constitucionalista.
El letrado apuntó, además, que “el camino lógico” para destrabar esta situación “es el de la apelación” y remarcó que “esto puede llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación porque es un tema eminentemente federal y además tiene gravedad institucional”.
Precisamente, esta semana el Gobierno nacional inició el proceso de apelación ante la Cámara de Mendoza, confiando en "múltiples razones jurídicas para tener plena vigencia de los derechos que se desprenden de la ley de la democracia", según explicó el titular de la Autoridad de Aplicación, Gabriel Mariotto.
Barcesat explicó que “cuando se apela queda en suspenso lo dispuesto por el juez de primera instancia hasta que el tribunal superior o el tribunal competente emita su resolución”.
También remarcó que “el hecho de suspender la aplicación de la nueva ley no significa volver a poner en vigencia la ley derogada. Entonces estamos en una situación anomia; es decir, no tenemos norma”.
Por último, Barcesat dijo sobre la jueza -que es la misma que años atrás prohibió la instalación de una repetidora de Canal 7 en Mendoza- que debería “someterse su conducta por mal desempeño al conocimiento del Consejo de la Magistratura”.
“Yo diría que basta con esta medida cautelar tan irregularmente dispuesta para que sea enjuiciada y se examine su permanencia o no en el Poder Judicial de la Nación”, señaló.

"A.R.B.I.A y LA CORAMECO informan"

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